Medidas del gobierno de España:
4 líneas para la extensión de prestación por cese de actividad para autónomos, desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo:
Línea 1: Prestación por cese de actividad motivado por resolución administrativa de la autoridad competente:
- 50% de la base mínima
- Exoneración del pago de la cuota de autónomos.
Línea 2: Prestación por cese de actividad compatible con el ejercicio de la profesión.
- 70% de la base reguladora
- Devolución de las contingencias comunes (95%) de la cuota de seguridad social de autónomos.
Acreditar una disminución de ingresos del 50% respecto al mismo periodo del año 2019.
Línea 3: Prestación para aquellos que no se puedan acoger a ninguna de las anteriores (se haya dado de alta a partir de abril de 2020).
- 50% de la base mínima
- Exoneración del pago de la cuota de autónomos.
Acreditar descenso en ventas.
Estar dado de alta desde el 1 de abril de 2020.
Línea 4: Prestación para autónomos temporales (feriantes, agricultores, guías turísticos, artistas, etc.)
Deberán haber cotizado 6 meses en el año 2018 y seis meses en el año 2019, siendo obligatorio que al menos dos meses al año sean del primer semestre.
- 50% de la base mínima
- Exoneración de la cuota de autónomos.
Todas desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo. Más info: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-1130
Desde la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha se publica el en marcha el programa de febrero el inicio del Plan “APOYO AL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD”
- Subvención a fondo perdido, compatible con la actividad -De 2.100 euros hasta 10.000 dependiendo del número de trabajadores.
Para acceder a la misma es preciso:
Mantenerse en alta durante un periodo de 12 meses.
Acreditar descenso en la facturación de un 40% respecto del mismo periodo del año 2019.
El plazo para solicitar la ayuda es del 2 de febrero al de febrero de 2020.
Más info: https://bit.ly/3cmVmck